El reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres constituye, sin duda alguna, uno de los mayores y más significativos reordenamientos simbólicos a nivel cultural, social y jurídico. El fin último consiste en asegurar a las mujeres el pleno disfrute de todos sus derechos humanos en condiciones de igualdad, universalidad e integralidad.
No obstante los avances alcanzados, la discriminación y la violencia
hacia las mujeres no han sido erradicadas y prevalecen
en la práctica. En los patrones socioculturales aún subyacen construcciones
masculinas, que establecen una gran brecha entre la igualdad formal (de jure) y la igualdad real (de facto).
La Convención sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW),
constituye el gran instrumento universal para la protección de los derechos de
las mujeres. La CEDAW fue adoptada en diciembre de 1979 por la Asamblea General
de las Naciones Unidas y en la actualidad ha sido ratificada por 179 Estados (ver
listado de ratificaciones). La
destacada jurista costarricense Alda Facio, señala
que la Convención CEDAW “reúne en un único instrumento legal, internacional, de
derechos humanos, las disposiciones de los instrumentos anteriores de la ONU
relativas a la discriminación contra la mujer”. Por otro lado Ana Elena Badilla
resalta que la Convención establece en
forma explícita la urgencia de modificar los papeles tradicionales de los
hombres y las mujeres en la sociedad y la familia. De igual forma, visibiliza
los derechos de las mujeres en nueve áreas, así como las obligaciones que
corresponden a los Estados con el fin de lograr la igualdad entre mujeres y
hombres.
La aprobación del Protocolo Facultativo de la CEDAW por las
Naciones Unidas, el 10 diciembre de 1999, permitió poner en igualdad de
condiciones a esta Convención frente a otros instrumentos internacionales de
derechos humanos, estableciendo mecanismos de exigibilidad, como son los
procedimientos de recepción e investigación de comunicaciones. Cuenta en la
actualidad con 67 ratificaciones (ver
listado).
En el proceso de elaboración, discusión y aprobación, así
como de posterior adhesión y ratificación del Protocolo Facultativo de la
CEDAW, se contó con el esfuerzo sistemático y mancomunado de muchos actores
sociales y políticos, gubernamentales y no gubernamentales. Ello constituye una
experiencia invaluable en la ardua tarea de impulsar acuerdos internacionales
en materia de derechos humanos, que no se consideren como declaraciones de
buenas intenciones y que cuenten con mecanismos de seguimiento efectivo, de
denuncia y reparación frente a la violación de cualquier derecho.
Es importante recordar que los Estados, al adherirse a
tratados internacionales de derechos humanos, también asumen la obligación
jurídica de asegurar que sus leyes, políticas y prácticas nacionales, estén en
armonía con los derechos en ellos consagrados.
El IIDH participó activamente en el proceso tendiente a la
aprobación del Protocolo Facultativo y posteriormente, a su ratificación, de
diversas maneras. Su aporte, sumado a los esfuerzos de muchas organizaciones de
mujeres y de diversos actores políticos, contribuyó positivamente a la lucha
constante por el goce y ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres,
sin discriminación de ningún tipo. Es relevante destacar también, el apoyo en
este proceso de distintas agencias de cooperación que contribuyeron con esos
objetivos comunes: Embajada Real de los Países Bajos; Agencia Sueca para el
Desarrollo Internacional (ASDI); Fondo de las Naciones Unidas para el Desarrollo
de a Mujer (UNIFEM); Agencia para el Desarrollo Internacional de os Estados
Unidos de América (USAID); Ministerio de Relaciones
Exteriores de Noruega.; y Comisión de la Unión Europea.
Pretendemos por este medio, sistematizar la experiencia y estrategias
de trabajo desarrolladas por el Programa de Derechos Humanos de las
Mujeres del IIDH (en ese entonces coordinad
por Gilda Pacheco), que puede ser de utilidad para
otras organizaciones en sus acciones de incidencia internacional.