Introducción

 

El reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres constituye, sin duda alguna, uno de los mayores y más significativos reordenamientos simbólicos a nivel cultural, social y jurídico. El fin último consiste en asegurar a las mujeres el pleno disfrute de todos sus derechos humanos en condiciones de igualdad, universalidad e integralidad.

 

No obstante los avances alcanzados, la discriminación y la violencia hacia las mujeres no han sido erradicadas y prevalecen en la práctica. En los patrones socioculturales aún subyacen construcciones masculinas, que establecen una gran brecha entre la igualdad formal (de jure) y la igualdad real (de facto).

 

La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), constituye el gran instrumento universal para la protección de los derechos de las mujeres. La CEDAW fue adoptada en diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y en la actualidad ha sido ratificada por 179 Estados (ver listado de ratificaciones).  La destacada jurista costarricense Alda Facio, señala que la Convención CEDAW “reúne en un único instrumento legal, internacional, de derechos humanos, las disposiciones de los instrumentos anteriores de la ONU relativas a la discriminación contra la mujer”. Por otro lado Ana Elena Badilla resalta que  la Convención establece en forma explícita la urgencia de modificar los papeles tradicionales de los hombres y las mujeres en la sociedad y la familia. De igual forma, visibiliza los derechos de las mujeres en nueve áreas, así como las obligaciones que corresponden a los Estados con el fin de lograr la igualdad entre mujeres y hombres.

 

La aprobación del Protocolo Facultativo de la CEDAW por las Naciones Unidas, el 10 diciembre de 1999, permitió poner en igualdad de condiciones a esta Convención frente a otros instrumentos internacionales de derechos humanos, estableciendo mecanismos de exigibilidad, como son los procedimientos de recepción e investigación de comunicaciones. Cuenta en la actualidad con 67 ratificaciones (ver listado).

 

En el proceso de elaboración, discusión y aprobación, así como de posterior adhesión y ratificación del Protocolo Facultativo de la CEDAW, se contó con el esfuerzo sistemático y mancomunado de muchos actores sociales y políticos, gubernamentales y no gubernamentales. Ello constituye una experiencia invaluable en la ardua tarea de impulsar acuerdos internacionales en materia de derechos humanos, que no se consideren como declaraciones de buenas intenciones y que cuenten con mecanismos de seguimiento efectivo, de denuncia y reparación frente a la violación de cualquier derecho.

 

Es importante recordar que los Estados, al adherirse a tratados internacionales de derechos humanos, también asumen la obligación jurídica de asegurar que sus leyes, políticas y prácticas nacionales, estén en armonía con los derechos en ellos consagrados.   

 

El IIDH participó activamente en el proceso tendiente a la aprobación del Protocolo Facultativo y posteriormente, a su ratificación, de diversas maneras. Su aporte, sumado a los esfuerzos de muchas organizaciones de mujeres y de diversos actores políticos, contribuyó positivamente a la lucha constante por el goce y ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, sin discriminación de ningún tipo. Es relevante destacar también, el apoyo en este proceso de distintas agencias de cooperación que contribuyeron con esos objetivos comunes: Embajada Real de los Países Bajos; Agencia Sueca para el Desarrollo Internacional (ASDI); Fondo de las Naciones Unidas para el Desarrollo de a Mujer (UNIFEM); Agencia para el Desarrollo Internacional de os Estados Unidos de América (USAID); Ministerio de Relaciones Exteriores de Noruega.; y Comisión de la Unión Europea.

 

Pretendemos por este medio, sistematizar la experiencia y estrategias de trabajo desarrolladas por el Programa de Derechos Humanos de las Mujeres  del IIDH (en ese entonces coordinad por Gilda Pacheco), que puede ser de utilidad para otras organizaciones en sus acciones de incidencia internacional.

 

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