Transversalidad de género

Alude a una “progresiva generización” de la protección internacional de los derechos humanos, “como el fenómeno de transversalidad o impregnación por el género, como concepto o perspectiva de análisis, de la tarea de reconocimiento, promoción y salvaguardia de los derechos humanos...” La noción de género, al ser “extensa y comprensiva”, enriquece la forma de ver la realidad y actuar sobre ella, para ello diferenciando los tipos de violaciones, sus efectos y la forma de repararlos, ya se trate de mujeres u hombres. La transversalidad de género implica pues, una visión integradora y muy operativa, que en el caso particular del IIDH, y como estrategia institucional toma como punto de partida la “equidad de género” como eje transversal, que incluye temas como acceso a la justicia, participación política y educación en derechos humanos; además de otros ejes como la “diversidad étnica” y la “interacción Sociedad Civil-Estado”. De igual modo, esa visión integradora del género se observa en algunas organizaciones internacionales que tienen como finalidad la protección de los derechos humanos de las personas, encaminada a consolidar la transversalidad institucional tanto en el plano interno como externo. (Fuente: El marco teórico de los cursos taller sobre derechos humanos de las mujeres: la perspectiva de género y la protección internacional de los derechos humanos)