Sentencia: Resolución No. 1892-E-2001 (1)

Sentencia: Resolución No. 1892-E-2001 (1)

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Comportamiento democrático de partidos políticos. Principio de igualdad.

El principio establecido en el artículo 98 de la Constitución Política, que ampara todo el acontecer democrático de los partidos políticos, forzosamente debe estar presente en sus proceso electorales internos, los cuales deben someterse al riguroso principio de igualdad de trato para los participantes, sin distinción alguna. Resolucíón No. 1892-E-2001 de las 14:05 horas 12 de setiembre del dos mil uno. Recurso de Amparo Electoral promovido por el señor Carlos Palma Rodríguez, mayor, vecino de San José, contra el Partido Unidad Social Cristiana y el Tribunal Electoral de dicho Partido.

Características:
Factores de relevancia
Impacto político
Innovación
Colmó laguna jurídica
Vinculancia: Si

Comportamiento democrático de partidos políticos. Principio de igualdad.

El principio establecido en el artículo 98 de la Constitución Política, que ampara todo el acontecer democrático de los partidos políticos, forzosamente debe estar presente en sus proceso electorales internos, los cuales deben someterse al riguroso principio de igualdad de trato para los participantes, sin distinción alguna. Resolucíón No. 1892-E-2001 de las 14:05 horas 12 de setiembre del dos mil uno. Recurso de Amparo Electoral promovido por el señor Carlos Palma Rodríguez, mayor, vecino de San José, contra el Partido Unidad Social Cristiana y el Tribunal Electoral de dicho Partido.

Características:
Factores de relevancia
Impacto político
Innovación
Colmó laguna jurídica
Vinculancia: Si

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