Fallo: 3981(07)

Fallo: 3981(07)

Descripción

La presentación exigida pro el artículo 50 de la ley 25.600 (actual art. 23 de la ley 26.215) tiene por finalidad reflejar todos los movimientos económicos y financieros ocurridos en el ejercicio y demostrar cabalmente la situación patrimonial de las agrupaciones. La registración de asientos globales, sin ningún tipo de detalle acerca de su composición, no permite conocer el destino efectivo de los fondos e impide -en consecuencia- la consecución de la finalidad de la norma citada de conocer y controlar el financiamiento partidario.

Vinculancia: Si.

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