Nuestro sistema de financiamiento de la actividad partidaria está instrumentado a través de un sistema “mixto” o “dual”, ello implica que los partidos perciben fondos provenientes del sector público y también del privado. Por su parte, la financiación pública es “completa”; es decir, comprende no sólo aportes destinados a solventar las campañas electorales sino también la actividad permanente de aquellas agrupaciones, entre las cuales la Constitución Nacional y la ley 25.600 destacan en forma preponderante la capacitación de los cuadros dirigenciales y la investigación, con el objeto de categorizar el rol que desempeñan los partidos políticos dentro de la sociedad, como promotores exclusivos de los candidatos a cargos públicos electivos, como así también su función de formuladores de ideologías políticas, de opinión pública y de políticas activas.
Vinculancia: Si.